Inmigración

USCIS emite nuevas politicas para visitantes de intercambio no inmigrantes J1

USCIS está actualizando la guía para aclarar aún más cómo USCIS determina si un solicitante de beneficios ha cumplido con el requisito de residencia en el extranjero de 2 años.


Washington.-

El Servicio de Ciudanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS) ha publicado una guía de política (PDF, 275.62 KB) en el Manual de Políticas de USCIS relacionada con el requisito de dos años de residencia extranjera para la clasificación de no inmigrante J de visitante extranjero de intercambio.

La actualización agrega información sobre cómo USCIS determina si el requisito se ha cumplido, la evidencia que el solicitante de beneficiario de be presentar para demostrar cumplimiento con el requisito, y cómo considera las situaciones en las que es efectivamente imposible para el solicitante del beneficio cumplir con el requisito.

También corrige una omisión en el contenido existente en el Manual de Políticas de una de las causales de exención del requisito de residencia en el extranjero para los licenciados en medicina extranjeros. Esta actualización incluye el motivo y aclara los requisitos de empleo.

PARA ABRIR DOCUMENTO ORIGINAL AQUI: DOCUMENTO

La clasificación de visa J-1 es para visitantes de intercambio que tienen la intención de participar en un programa aprobado con el fin de enseñar, instruir o dar conferencias, estudiar, observar, realizar investigaciones,
consultar, demostrar habilidades especiales, recibir capacitación o recibir educación médica de posgrado
o capacitación.

Ciertos visitantes de intercambio J-1 están sujetos a un requisito de residencia en el extranjero, que requiere que residan y estén físicamente presentes en su país de nacionalidad o último registro legal residencia en el extranjero por un total de al menos 2 años antes de que sean elegibles para solicitar un visa de inmigrante, ajuste de estatus o visa de no inmigrante H, L o K.2

El 8 de junio de 2023, USCIS publicó una guía completa sobre la clasificación de visitantes de intercambio.
en el Manual de Políticas.

USCIS ahora está actualizando la guía para aclarar aún más cómo USCIS determina si un solicitante de beneficios ha cumplido con el requisito de residencia en el extranjero de 2 años.
Esta guía, contenida en el Volumen 2 del Manual de Políticas, entra en vigor inmediatamente y se aplica
prospectivamente a las solicitudes de beneficios presentadas a partir del 24 de octubre de 2023.

El Manual de Políticas preside y reemplaza cualquier orientación previa relacionada sobre el tema.
Aspectos destacados de la política

  • Aclara que USCIS determina si el visitante de intercambio ha cumplido con el requisito de 2 años para el extranjero.
    requisito de residencia en el contexto de una solicitud o petición posterior en virtud del
    preponderancia del estándar de evidencia.

PA-2023-30: Requisito de residencia en el extranjero para visitantes de intercambio no inmigrantes
Página 2

  • Explica que un día de viaje, donde una fracción del día se pasa en el país de nacionalidad o último
    residencia, cuenta para cumplir el requisito de residencia en el extranjero de 2 años.
  • Dispone que USCIS considera situaciones en las que es imposible para el solicitante del beneficio
    satisfacer el requisito de residencia en el extranjero de 2 años caso por caso, y que USCIS consulte
    con el Departamento de Estado en esta situación.
  • Aclara las tres excepciones al requisito de que un médico extranjero graduado obtenga un contrato
    de un centro de atención médica en un área desatendida cuando se busca una exención del seguro extranjero de 2 añosrequisito de residencia.
    Resumen de Cambios
    Sección Afectada: Volumen 2 > Parte D > Capítulo 3 > Sección F, Requisito de Residencia en el Extranjero
  • Agrega una nueva oración final al primer párrafo.
  • Agrega contenido nuevo bajo un nuevo título en cursiva, “Determinar si la residencia en el extranjero
    Se cumplió el requisito”, después de la lista con viñetas.
    Sección Afectada: Volumen 2 > Parte D > Capítulo 4 > Sección F, Requisito de Residencia en el Extranjero
  • Revisa la tercera viñeta y la segunda subviñeta y agrega una tercera subviñeta nueva en la viñeta.
    lista en la Subsección 1 (Requisitos generales)

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